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El Real Decreto 1669/2009, de 6 de noviembre, modifica la norma de etiquetado sobre propiedades nutritivas de los productos alimenticios. En él se amplía el concepto de fibra alimentaria.
“Las pruebas científicas más recientes demuestran que pueden obtenerse efectos fisiológicos beneficiosos similares (a los de la fibra) de otros polímeros de hidratos de carbono que no son digestibles y que no se encuentran de forma natural en los alimentos tal como se consumen. Por consiguiente, es pertinente que en la definición de fibra alimentaria se incluyan polímeros de hidratos de carbono con uno o varios efectos fisiológicos.
Los polímeros de hidratos de carbono de origen vegetal que se ajustan a la definición de fibra alimentaria pueden estar estrechamente asociados en la planta con lignina u otros componentes diferentes de los hidratos de carbono tales como compuestos fenólicos, ceras, saponinas, fitatos, cutina y fitoesteroles. Estas sustancias, cuando están estrechamente asociadas con polímeros de hidratos de carbono de origen vegetal y se han extraído con los polímeros de hidratos de carbono para analizar la fibra alimentaria, pueden considerarse fibras alimentarias. Sin embargo, cuando están separadas de los polímeros de hidratos de carbono y se añaden a un alimento, esas sustancias no deben considerarse fibra alimentaria.”
Se establece el factor de conversión energético de la fibra alimentaria para el cálculo del contenido energético de los alimentos en 2 kcal/g (8 kJ/g).
También se establece un factor de conversión energético cero para el eritritol (E-968), sustancia de efecto edulcorante con menor contenido calórico que el azúcar utilizado en dietas hipocalóricas.
Por último, se actualizan las cantidades diarias recomendadas de vitaminas y minerales que pueden declararse en el etiquetado sobre propiedades nutritivas.
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